Un finiquito es un papel donde empleador y trabajador firman diciendo que no se deben nada mutuamente y que la relación se ha acabado.
En el finiquito (que puede ser cualquier papel en cualquier formato) se deben identificar ambas partes y decir que acuerdan abonar las cantidades pendientes y que tras la firma ya no podrán reclamar nada porque están satisfechas todas las cantidades.
Ante un despido, hay que inscribirse como demandante de empleo en el INEM e iniciar los trámites para el Juicio Laboral, que tiene dos fases = fase de conciliación en el SMAC y si no hay conciliación, fase de Juicio Laboral (que a falta de pruebas, casi siempre lo gana el trabajador).
Si el Juicio resultase a tu favor, la empresa puede readmitirte o despedirte. En ambos casos tienes derecho a los salarios dejados de percibir durante ese tiempo, llamados "Salarios de Tramitación”. Si tu firmas un finiquito no puedes reclamar por DESPIDO IMPROCEDENTE (Aquel en que el empresario no demuestra el incumplimiento laboral o el despido no cumple los requisitos formales. Ante esta situación el empresario tiene la opción de readmitir al trabajador o pagar una indemnización de 45 días de salario por año trabajado, hasta un máximo de 42 mensualidades.) en el SMAC porque estás diciendo que estás de acuerdo.
Deducción De Carácter Sindical
Cuota sindical: el empresario procederá al descuento de la cuota sindical sobre los salarios y a la correspondiente transferencia, a solicitud del sindicato del trabajador afiliado, previa conformidad de éste.Canon por negociación: es un canon que pueden cobrar los sindicatos por la negociación de convenios colectivos, hará falta siempre la conformidad del trabajador.
Deducción Por Indemnización Por Daños
El abandono del trabajo sin preaviso, produce la extinción del contrato de trabajo, y en cuanto que ha habido un incumplimiento contractual del trabajador, faculta al empresario a exigir el resarcimiento de daños y perjuicios; para ello el empresario debe demostrar el daño o perjuicio. En algunos convenios colectivos está recogido el plazo de preaviso y las cantidades a indemnizar, en otros casos son los juzgados los que decidirán, en última instancia, el daño o perjuicio ocasionado por el trabajador a la empresa.
Deducción Por Mandamiento Judicial De Embargo
Las cantidades embargables irán aumentando conforme aumente el salario del trabajador. El salario mínimo profesional es inembargable, excepto para las pensiones de alimentos a favor de hijos o de cónyuge, a partir del salario mínimo profesional se podrá embargar:
- Entre la cuantía de un S.M.I. y la cuantía de dos S.M.I. el 30%.
- Hasta el tercer S.M.I. el 40%.
- Hasta el cuarto S.M.I. el 50%.
- Hasta el quinto S.M.I. el 70%.
- Hasta el sexto S.M.I. el 80%.
- Para cualquier cuantía que exceda de dicha cantidad el 90%.
Deducción Por Pagos Indebidos
No es posible la detracción directa de cantidades previamente cobradas por el trabajador como consecuencia de pagos indebidos. Para descontar estos haberes al trabajador tendrá que haber actuado judicialmente, este instada por el empleador.
Deducción Por Ausencias No Justificadas
Al trabajador se le descontará el periodo no justificado, puede ser un día entero o parte de él. Habrá que descontarle también la parte proporcional del descanso semanal y de las pagas extras.Deducción Por Sanción Disciplinaria De Emplea Y Sueldo
Siempre que no sea recurrible. Se le descontarán al trabajador los días sancionados.Deducción Por Huelga O Cierre Patronal
Se descuentan los días laborables y la parte de festivos que correspondan a los días laborables; también se descuenta la parte proporcional de pagas extras que corresponden a esos días. No procede ningún descuento de los 14 días festivos anuales ni de las vacaciones.Definición Y Calculo De La Seguridad Social
Una de las deducciones que se nos aplica en la nómina es la que tiene que ver con los pagos que hacemos a la Seguridad Social. La Seguridad Social es básicamente un mecanismo de previsión social gestionado por el Estado español y basado en la recaudación de unas cuotas denominadas "cotizaciones” a través de la nómina.
Factores que intervienen por lo tanto en este mecanismo.
En primer lugar el trabajador, que deja de percibir parte de su salario en favor de un segundo actor, la Seguridad Social (Estado), y esta actividad se realiza a través de un tercer actor, la nómina.
- La pérdida de la salud.
- La imposibilidad temporal o definitiva de efectuar cualquier actividad profesional por parte del trabajador, mediante la prestación por incapacidad temporal o permanente en sus diversos grados).
- La pérdida de capacidad laboral como la jubilación.
- La muerte, subsidios de viudedad, orfandad.
- La imposibilidad de trabajar aun queriendo hacerlo … subsidio de desempleo.
El seguro social es un programa que financia o administra el gobierno para satisfacer las necesidades básicas de las personas sin recursos.
La función del seguro social es resguardar a las personas de los imprevistos del trabajo y de los eventos naturales como nacimientos, enfermedades, muerte u otros. Los beneficios pueden ser prestados directamente por el Estado o comprometiendo para esto a la sociedad en general.
Los beneficios de la seguridad social tienen carácter de integrales e irrenunciables. El Estado está obligado a conceder estos beneficios y no puede dejar librada la atención a los emprendimientos privados.
En otras palabras, el Estado debe promover el sistema de ayuda mutua obligatoria que ofrezca cobertura a los ciudadanos ante distintas situaciones, como la pérdida de la capacidad laboral o la imposibilidad de generar ingresos que permitan satisfacer sus necesidades básicas.
Sindicatos
Organizaciones sindicales simples y complejas:Simples: Para la creación de sindicatos se utilizan diversos criterios entre los que destacan el funcional (atiende al tipo de actividad profesión u oficio de los trabajadores) y el geográfico o territorial (que toma en cuenta el lugar en que prestan servicio los trabajadores).
Como regla general el criterio territorial suele tener menor relevancia ya que los trabajadores se sienten unidos sobre todo por lazos profesionales, de ahí que el territorial sea suplementario al funcional.
Sindicato de oficio: persigue la agrupación de los trabajadores en razón de su oficio, o función u ocupación. Se le denomina también sindicato horizontal por estar abierto a todos los trabajadores del mismo oficio con independencia del sector de actividad, es una de las primeras formas históricas de organización sindical.
Sindicato profesional: en los años más recientes se advierte cierto renacimiento del oficio como criterio de organización sindical, aunque actualizado y renovado a la nueva realidad económica, muestra de ello es la aparición en el panorama sindical del sindicato profesional que limita su radio de acción a los trabajadores pertenecientes a una determinada profesión y categoría profesional, muchas veces dentro de una misma empresa.
Está organizaciones recogen algunas características propias de los sindicatos de oficio pero en la actualidad tienen su mayor éxito entre trabajadores de profesionales muy cualificados, o personas que ocupan posiciones de relevancia dentro de la organización productiva.
Tipos De Sindicatos
Sindicato de industria: El desarrollo y la mayor complejidad del sistema productivo, la pérdida de importancia del oficio y el carácter limitado, fragmentario y elitista de ese criterio profesional hicieron que el sindicato de oficio perdiera progresivamente relevancia en la organización de los trabajadores.
Todo ello unido a la aspiración de mayor solidaridad entre la clase obrera dio lugar a la búsqueda de tipos sindicales más adecuados a la defensa y promoción de los intereses laborales con ánimo de constituir organizaciones de mayor implantación e incidencia (sindicatos de masas) y con mayor capacidad de presión y negociación. Producto de esa búsqueda fue el sindicato de industria que aspira a la agrupación de trabajadores pertenecientes a una misma rama o sector de actividad al margen de su oficio, cualificación profesional u ocupación.
Al posibilitar la afiliación de trabajadores de distinto oficio o categorías profesionales en una misma organización, a este tipo sindical se le ha conocido como sindicato vertical. La organización sindical por industria o sectores de actividad se generalizó con rapidez en la mayoría de los países industrializados.
Sindicato general: Este ha sido históricamente el que tiende a la agrupación de todos los trabajadores con independencia de su oficio o profesión y del sector o rama de actividad en la que presten sus servicios, en ocasiones ha nacido de la fusión de los sindicatos de oficio e industria que han buscado así la ampliación de su ámbito de actividad.
El sindicato general se dirige normalmente a la población trabajadora de todo el país aunque puede ceñirse a un ámbito geográfico inferior.
Organizaciones sindicales complejas: La experiencia sindical ha dado origen también a organizaciones complejas como agrupación de organizaciones de nivel inferior que normalmente tienen como objetivo la ampliación de la capacidad negociadora y el ámbito de representación del sindicato.
Federaciones sectoriales o de rama: Supone la alianza entre sindicatos que dirigen su acción a un determinado sector o rama de actividad. A través de este criterio funcional surgen las denominaciones federaciones sectoriales o de rama. Para la constitución de federaciones se toma en cuenta el sector o rama de actividad. La federación puede culminar el proceso de organización sindical, pero suelen integrarse, en otras organizaciones de nivel superior.
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